Cuba, España y los Estados Unidos | Organización Auténtica | Política Exterior de la O/A | Temas Auténticos | Líderes Auténticos | Figuras del Autenticismo | Símbolos de la Patria | Nuestros Próceres | Martirologio |

Presidio Político de Cuba Comunista | Costumbres Comunistas | Temática Cubana | Brigada 2506 | La Iglesia | Cuba y el Terrorismo | Cuba - Inteligencia y Espionaje | Cuba y Venezuela | Clandestinidad | United States Politics | Honduras vs. Marxismo | Bibliografía | Puentes Electrónicos |


Organizacion Autentica

LA ENMIENDA PLATT
Por: Raquel la Villa


No es por casualidad que he venido vestida de negro. Estimo que para hablar sobre la Enmienda Platt hay que ponerse de luto.

Ante todo, quiero dejar constancia de mi profunda compasión por los miembros de la Convención Constituyente. Tal vez algo desminuida respecto a Gener y Robau, por no asistir a la segunda votación, y bastante menor hacia Rius Rivera y Bravo Correoso, que nunca votaron. Claro que cabe que estuvieran en cama con una úlcera sangrante, lo cual sería totalmente lógico.

He buscado datos para que esta participación no se redujera a lo conocido por tradición familiar y a algún que otro recuerdo de mis lejanos tiempos de estudiante. Por muchas razones—pasadas y presentes-- para resumir lo que he sentido en estos días sólo me sirve aquello de: « Lloré, lloré de espanto y amargura»1

Pero en 10 minutos no quiero hacer llorar a nadie, luego me limitaré a mencionar algunos documentos con los que no aporto nada nuevo, pero que nunca está de más tener a mano al analizar este episodio:

«En nota de Platt a Mr. Atkins (negociante yanqui anexionista con propiedades en Cuba, amigo y confidente de McKinley), encontrada por el historiador cubano, doctor Herminio Portell Vilá en los archivos norteamericanos y dada a conocer en el discurso que pronunció como Delegado del Gobierno de Cuba, en la sesión del 19 de diciembre de 1933 en la Segunda Comisión de la Séptima Conferencia Internacional Americana, reunida en Montevideo, al discutirse el problema de la intervención, Platt aclara a Atkins que su referida "enmienda" es un sustitutivo de la anexión, porque había una foolish Joint Resolution que impedía a los Estados Unidos hacer la anexión».2

En efecto, la Sección Cuarta de la Resolución Conjunta decia:
Que los Estados Unidos por la presente declaran que no tienen deseo ni intención de ejercer soberanía, jurisdicción o dominio sobre dicha Isla, excepto para su pacificación, y afirma su determinación, cuando ésta se haya conseguido, de dejar el gobierno y dominio de la Isla a su pueblo.

Cabe aquí recordar que, según el Congressional Record de 16 de abril de 1898, el Senado de Estados unidos aprueba 67 votos contra 21 un proyecto de resolución conjunta declarando que:
El pueblo de Cuba era y de derecho debía ser libre e independiente y que los Estados Unidos reconocían la República de Cuba como el gobierno legal y verdadero de la Isla"
1 José Martí, «A mis hermanos muertos el 27 de Noviembre», Madrid, 1872
2 Emilio Roig de Leuchsenring, « Juan Gualberto Gómez. Por Cuba Libre», La Habana, 1954.        

La Cámara la modifica, se nombra una comisión mixta y ésta se pronuncia de acuerdo con el criterio de la Cámara que es en definitiva el que prevalece en el Congreso y el que inspira la Resolución Conjunta de 18 de abril de 1898, que aprueba el Presidente el día 20. Esta modificación, consecuente con el empecinado desconocimiento del gobierno de la República en Armas que los Estados Unidos mantuvieron durante todo el proceso, fue nefasta para el futuro de Cuba.

En su discurso de oposición a la Enmienda Platt, el senador Morgan comienza diciendo:

«El Congreso expresamente rehusó reconocer la existencia de gobierno alguno en Cuba excepto el de la Monarquía española. Esta repulsa incluyó a la Republica cubana y al Gobierno autonomista»,

y continúa:

«El Congreso rehusó hacer efectivas las resoluciones del Senado que declaraban los derechos beligerantes de la República de Cuba, dejando así a los sostenedores de ésta en la actitud de insurrectos rebeldes a la autoridad de la Corona. Esta era la situación actual y legal cuando comenzó la guerra y cuando terminó».

En su singular discurso también destaca y... lo destaco:

«Los procedimientos por parte de los Estados Unidos para realizar estos propósitos se dejarán, amplia, si no exclusivamente, al Presidente, como jefe supremo del Ejército de los Estados Unidos, ya que el Congreso no puede dictar leyes para gobernar a Cuba hasta que la plena soberanía de la Isla haya sido asumida por los Estados Unidos»

Sobre la llamada «Enmienda Platt», el Dr. James Brown Scott, cuando era presidente del Instituto Americano de Derecho Internacional, en su trabajo "Origen y Objeto de la Enmienda Platt" publicado en 1914 y que figura en su libro "Cuba, la América Latina, los Estados Unidos" ( La Habana, 1926) dice:
Fue preparada por el señor (Elihu) Root como Secretario de Estado. Estaba contenido en todas sus partes esenciales en la carta --del entonces secretario de la Guerra--, dando instrucciones al general Wood, gobernador militar de Cuba, de fecha 9 febrero de 1901.

Este importante documento, que detalladamente da las razones para la propuesta enmienda, fue sometido por el presidente McKinley a su Gabinete y aprobado por el presidente y sus consejeros, y aprobado en esta forma, fue entregado por el presidente McKinley, en presencia del Secretario de la Guerra, al difunto senador Orville H. Platt, de Connecticut, con objeto de que lo presentara al Congreso y se incorporara a la ley requerida para el traspaso de Cuba a sus habitantes. El senador Platt introdujo la enmienda como se le había pedido y figura anexa a la ley de 2 de marzo de 1901, titulada «Ley concediendo créditos para el Ejército en el año fiscal que termina el 30 de junio de 1902» 3

3 Emilio Roig de Leuchsenring, «La Historia de la Enmienda Platt», La Habana, 1935.

En efecto, los cinco puntos que Root, en su carta a Wood, llamaba «prescripciones"… y con un lenguaje un poco más diplomático, son las cláusulas 1a, 2a, 3a, 4a. y 7a.de la Enmienda presentada por Platt.

Posteriormente, en carta a Teodoro Roosevelt, de 28 de octubre de 1901, Wood comentaría:
Queda, por supuesto, muy poca o ninguna independencia real a Cuba bajo la Enmienda Platt. Los más sensatos de los cubanos lo reconocen así, y creen que lo único consecuente que hacer ahora es buscar la anexión. Esto, sin embargo, tomara algún tiempo…creo que ningún gobierno europeo considera que Cuba sea otra cosa que una dependencia de los Estados Unidos.

Con el dominio que tenemos sobre Cuba, dominio que muy pronto se convertirá, sin duda, en posesión, dominaremos prácticamente el comercio azucarero del mundo, o, por lo menos, gran parte de él... Creo que Cuba es una adquisición sumamente deseable para los Estados Unidos. Vale bien por dos de cualesquiera de los Estados del Sur, probablemente hasta por tres, con exclusión de Texas... y la Isla, con el ímpetu de nuevos capitales y energías, no solamente se desarrollará, sino que gradualmente se íra américanizando, y tendremos, a su tiempo, una de las posesiones más ricas y deseables del mundo…

De la reacción inicial de los cubanos sirve de muestra lo que dice Juan Gualberto Gómez en el periódico «La Discusión" de 23 de julio de 1900, con ocasión del viaje de Wood a Washington para entrevistarse con McKinley y Root:

¿Puede decirse que la nación cubana sería independiente y soberana si para tratar con las demás naciónes tuviera que hacerlo por el conducto de los Estados Unidos? ¿ Si no pudiera contraer empréstitos sin el beneplácito del gobierno yanqui; si éste le prohibiera sostener el ejército y fomentar la marina mercante que considerara necesarios para su seguridad y defensa? De ningún modo. Un estado constituído de esa manera sería un Estado más o menos autónomo... pero sería un Estado dependiente de aquél cuyo permiso tuviese que solicitar...

Bien sabemos que de poco sirvió la indignación, decepción y rechazo de los cubanos. Vayamos pues a la famosa primera votación que tuvo un voto de diferencia. En esta ocasión se pretendió incluir las siguiente aclaraciones:

-que las cláusulas 1a y 2a: «eran simples limitaciones constitucionales internas, que no restringían la facultad del Gobierno de Cuba para celebrar libremente tratados políticos o mercantiles ni para contratar empréstitos y contraer deudas sino en cuanto "deba sujetarse a lo que establece la Constitución cubana y a lo que se declara en las dos mencionadas cláusulas";

-que la intervención a que se refería la cláusula 3a «no implica en manera alguna entrometimiento o ingerencia en los asuntos del Gobierno cubano, y sólo se ejercerá por la acción formal del Gobierno de los Estados Unidos para conservar la independencia y la soberanía de Cuba cuando se viere ésta amenazada por cualquier acción exterior o para restablecer con arreglo a la Constitución de la República de Cuba un gobierno adecuado al cumplimiento de sus fines internos e internacionales, en el caso de que existiera un verdadero estado de anarquía;

-que la cláusula 4a, «se refiere a los actos debidamente realizados durante la ocupación militar y a los derechos legalmente adquiridos a virtud de ellos";

-que la cláusula 5a. se contraía a medidas y planes de sanidad que mutuamente se convinieran entre ambos gobiernos;

-que, aunque la Isla de Pinos (6a) se hallaba comprendida en los límites de Cuba y regida por el mismo gobierno y administración, los gobiernos de Cuba y Estados Unidos fijarían por un tratado especial la pertenencia de dicha Isla, «sin que esto suponga un prejuicio en contra de los derechos que Cuba tiene sobre ella";

-que las carboneras o estaciones navales a que se refiere la cláusula 7a., y cuya concesión había de concertarse entre ambos gobiernos por un tratado, « se establecerán con el solo y único fin de defender los mares de América para conservar la independencia de Cuba en caso de una agresión exterior, así como para la propia defensa de los Estados Unidos".

El 8 de junio, el Gobernador Militar trasladó a la Convención un informe recibido el día 6 y firmado por el Secretario de la Guerra, en Washington, el 31 de mayo en el que, con vista del acuerdo último de la Convención sobre la Enmienda Platt se declaraba la imposibilidad de ser aceptada en esa forma por el Gobierno de los Estados Unidos:

«No puede cambiarlo ni modificarla, añadirle o quitarle", « la acción ejecutiva que pide dicho estatuto la retirada del Ejército de Cuba, y el estatuto autoriza esta acción cuando, y solamente cuando, se haya establecido un gobierno bajo una Constitución que contenga, ya en su cuerpo o en un apéndice, ciertas disposiciones terminantes, especificadas en el estatuto"

Se entiende que Manuel Sanguily, al explicar su voto a favor, dijera:
«y sobre todo, porque es una imposición de los Estados Unidos contra la cual toda resistencia sería definitivamente funesta para las aspiraciones de los cubanos".

Y aunque, como Portell Vilá bien afirma: «el Gobierno de Washington hizo todo lo que pudo para impedir que la Revolución se aprovisionase en los Estados Unidos y con todo celo trató de ayudar a España", corroborando a Enrique José Varona cuando dijo: «así quedaron constituídos en guardianes de Cuba para Espña". Y aunque Martí habló del «monstruo" y « sus entrañas", estimo que la verdadera hostilidad hacia los Estados Unidos se inicia cuando hicieron explotar el Maine para entrar, no como aliados, sino como contendientes en la guerra. Se alimentó del agravio a Calixto García, de la Intervención y se acuñó como patrimonio nacional con la Enmienda Platt. Hasta entonces, el odio era a España.

Por más que, como la mayoría de los votantes por la teoría que a la que se resignaron, automáticamente (y algunos vehementemente) repitamos que no había otra solución, en todo caso suponemos, pero no sabemos qué hubiera pasado si la posición de Salvador Cisneros Betancourt hubiera prevalecido cuando dijo:

«Estoy en contra de la Enmienda Platt porque la considero inconstitucional, porque se contradicen muchos de sus artículos, y aun la misma Enmienda Platt tiene artículos contradictorios unos con otros; y por último, aceptada la Enmienda Platt, se va en oposición de nuestra independiencia absoluta, y a eso no hemos venido los que tenemos el honor de ocupar estas sillas, por más que de momento podamos tener prosperidad, esclavizando para siempre la suerte de los cubanos venideros".

O la contenida en la magistral ponencia de Juan Gualberto Gómez, que traigo para repartir a quienes les interese conservarla, y de la cual me limitaré a citar lo que dice sobre el segundo punto "Para el mantenimiento de un Gobierno ordenado".

[Además, porque por ahí andamos discutiendo sobre otra ley que en el número 6 de su Sección 4 define:

El término "Gobierno democráticamente electo en Cuba" significa un gobierno que el Presidente (de los Estados Unidos) determine que ha cubierto los requisitos de la sección 206"].

Y según Juan Gualberto:

No hay manera, por mucho que aguce el entendimiento, de conciliar con esta pretensión el principio de la independencia y soberanía de Cuba. Si a los Estados Unidos corresponde apreciar cuál es el Gobierno cubano que merece el calificativo de adecuado, y cuál es el que no lo merece; si a los Estados Unidos queda la facultad de intervenir para mantener el Gobierno cubano que les parezca adecuado, y por lo tanto combatir al que no les parezca ya producto de la voluntad de nuestro pueblo, sino de la del Gobierno de los Estados Unidos. A éste, en efecto, correspondería de hecho y de derecho la dirección de nuestra vida interior. Sólo vivirían los Gobiernos cubanos que cuente con su apoyo y benevolencia; y lo más claro de esta situación sería que únicamente tendríamos gobiernos raquíticos y míseros, conceptuados como incapaces desde su formación condenados a vivir más atentos a obtener el beneplácito de los Poderes de la Unión, que a servir y defender los intereses de Cuba. En una palabra sólo tendríamos una ficción de Gobierno y pronto nos convenceríamos de que era mejor no tener ninguno, y ser administrados oficial y abiertamente desde Washington que por desacreditados funcionarios cubanos, dóciles instrumentos de un Poder extraño e irreponsable

No, no sabemos qué hubiera pasado. Como no sabemos qué hubiera pasado si desde un principio se hubiera izado la bandera de la estrella «con más luz cuanto más solitaria».

Pero sí sabemos que las últimas palabras que Martí le escribió a Juan Gualberto Gómez Fueron:

«Me siento tan ligado a usted que callo». Y si, cuando Juan Gualberto se manifestaba, Martí callaba, yo también me callaría.


Raquel la Villa 10 de junio de 1997


FIN



Logo


Cuba, España y los Estados Unidos | Organización Auténtica | Política Exterior de la O/A | Temas Auténticos | Líderes Auténticos | Figuras del Autenticismo | Símbolos de la Patria | Nuestros Próceres | Martirologio |

Presidio Político de Cuba Comunista | Costumbres Comunistas | Temática Cubana | Brigada 2506 | La Iglesia | Cuba y el Terrorismo | Cuba - Inteligencia y Espionaje | Cuba y Venezuela | Clandestinidad | United States Politics | Honduras vs. Marxismo | Bibliografía | Puentes Electrónicos |


Organización Auténtica